Uso justo de logotipos
Las discusiones subyacentes sobre el uso justo de los logotipos son dos cuestiones en competencia: el derecho de los terceros a la libertad de expresión y el efecto acumulativo sobre el uso de los elementos de ese logotipo por parte de la marca registrada. La esencia del "uso justo" es que un tercero puede no apropiarse del logotipo de alguien para fines comerciales y no puede usar el logotipo de un titular de derechos de autor en circunstancias que disminuyan su valor. Pero no hay una "línea brillante" que define la infracción de derechos de autor; En todos los casos, las circunstancias que conducen a la infracción son acumulativas. Del mismo modo, el derecho a la "libertad de expresión" es circunstancial, no absoluto. No puedes, por ejemplo, gritar "¡Fuego!" en un teatro lleno de gente. Su derecho a la libertad de expresión tampoco le permite violar una patente o derecho de autor.
¿Qué es un logotipo?
Todo el mundo sabe lo que es un logotipo: es la distintiva escritura en blanco "Coca-Cola" sobre un fondo rojo o el distintivo "Fed" azul atascado contra el gris "Ex", o cualquier otra combinación estilizada de imagen, letras y color. Eso representa una empresa comercial. Legalmente, sin embargo, un logotipo tiene una identidad específica: es una marca comercial que incluye elementos de diseño específicos _._ Puede incluir o no palabras (por ejemplo, Nike's Swoosh). Los elementos de diseño en sí comprenden una marca legalmente protegida.
Cuando se trata del uso justo de los logotipos, la diferencia en la ley de marcas comerciales de EE. UU. Entre una marca comercial que es solo una secuencia de palabras y un logotipo de marca registrada que puede o no incluir palabras, pero que siempre contiene elementos de diseño específicos, resulta ser legalmente significativa .
Palabras vs. Diseño
Las restricciones que rigen el diseño de un logotipo son más restrictivas que las que regulan el uso de un nombre de marca solo. Terri Wells, una ex Playmate de Playboy, puso un sitio web publicitando a sí misma usando las palabras "Playboy" y "Playmate". Cuando demandó a Playboy, el tribunal determinó que su uso de estas palabras con derechos de autor era justo: de hecho, era una ex compañera de juegos de Playboy. Negarle el derecho a decirlo fue una violación de su derecho a la libertad de expresión. De manera más general, si a los terceros no se les permitía usar nombres de marca en absoluto, ¿cómo describe un periódico la Superbowl? No podría llamarlo "Superbowl", que es una marca registrada, y podría referirse al juego solo como genéricamente "el evento competitivo entre los dos mejores equipos de fútbol profesional de esta temporada, uno de Filadelfia y el otro de Nueva Inglaterra", que es Claramente inviable y absurdo.
Sin embargo, el tribunal descubrió que el uso de un logotipo de Playboy por parte de la Sra. Wells, un "PMOY 81" estilizado que era una representación diseñada de estas letras que habitualmente utiliza Playboy para referirse a un compañero de juegos del año, fue una violación de derechos de autor. Las palabras "Playboy" y "Playmate" pueden usarse incluso en asociación con usos comerciales por parte de un tercero, pero el logotipo de Playboy no puede usarse.
Propósito y carácter
El abogado MJ Bogatin describió cuatro criterios generales que usan los tribunales para determinar el uso justo. El primero es el propósito y el carácter. ¿El uso de terceros tiene un carácter comercial que beneficia a ese usuario, o se usó en su lugar con fines educativos sin fines de lucro?
La naturaleza de un logotipo
Un logotipo identifica rápidamente tanto al producto como a la compañía (identificado en este ejemplo como Compañía A) y claramente pretende distinguirlo de todos los demás productos por parte de todas las demás compañías: esa es la naturaleza esencial de un logotipo. Si el uso de un logotipo por parte de un tercero es lo suficientemente similar como para confundir el problema y hacer que sea más difícil determinar si el logotipo que aparece en un entorno determinado es realmente el logotipo de la Compañía A, que tiende a violar los derechos de autor. Una empresa de moda se promocionó como "Dolce & Banana", empleando los mismos estilos de letras y colores que la "Dolce & Gabbana" de la compañía original. Esto parece bastante claro con la intención de confundir. Lo mismo ocurre con el logotipo "Michaelsoft" de otra compañía que también imita los elementos de diseño visual del original de Microsoft.
Aun así, una violación de solo uno de estos cuatro criterios "tiende a", en lugar de "es", es una violación de derechos de autor porque los tribunales sopesan el efecto acumulativo de los cuatro.
¿Cuánto del diseño fue utilizado?
El segundo factor en la determinación del uso justo es la relación cuantitativa entre el logotipo original y los elementos de diseño que potencialmente violan el tercero. ¿Cuánto del diseño original fue utilizado?
Esto tiene que ver no solo con la cantidad de elementos del original que aparece en el logotipo en disputa, sino también con la forma en que el logotipo en disputa se compara visualmente con el original.
Con el logotipo de Coca-Cola, hay cuatro elementos básicos: tipografía, secuencia de letras específica, color de tipografía y color de fondo. Nadie diría que el uso de un fondo rojo solo constituye una violación de uso justo. El uso del mismo tipo de letra y color del tipo hace que parezca algo menos inocente. Si también se usa la misma secuencia de letras, coca-cola, la acumulación de los cuatro elementos hace que la violación sea más probable que el uso de uno o dos elementos solo. Si el diseño que potencialmente infringe una marca registrada aparece en el tipo de 8 puntos en la parte inferior de la página, especialmente en asociación con otros logotipos que se mencionan en el mismo artículo, es menos evidente que se trata de una violación de marca registrada que en los titulares, solo, en la parte superior.
¿Cuál es el efecto en el mercado del propietario del logotipo?
La respuesta a la pregunta sobre el efecto en el mercado de la compañía propietaria no es solo determinativa, pero es importante. Si el logotipo "Apfel" de un competidor utiliza tantos elementos de diseño similares al original de Apple como para confundir a un posible comprador, esto perjudica a Apple directamente porque ese comprador puede comprar por error un reloj Apfel en lugar del de Apple. La cuarta consideración importante en las determinaciones de uso justo es cómo el uso de la competencia afecta el negocio y la reputación del propietario de la marca original.
A menudo, este efecto negativo es monetario: el comprador compra por error un Apfel en lugar de un producto de Apple. Pero si el producto inferior de Apfel no cumple con las expectativas del comprador, entonces el uso por parte de Apfel de un logotipo confusamente similar también perjudica la reputación de Apple. El comprador puede creer que es Apple, no Apfel, el producto inferior que se entrega.