Obligaciones de los empleadores bajo ERISA

La Ley de Seguridad de la Jubilación de los Empleados, llamada ERISA, entró en vigencia en 1974 para regular los planes de salud y jubilación que los empleadores del sector privado ofrecen voluntariamente a su personal. Como administradores del plan bajo ERISA, los empleadores deben divulgar los términos del plan a sus empleados, y están sujetos a demandas cuando no cumplan con los estándares establecidos por la ley federal.

Divulgación de información

Bajo ERISA, los empleadores que administran planes de salud y jubilación deben proporcionar a los empleados elegibles información sobre estos productos sin costo alguno. El paquete de información debe incluir un resumen que explique cómo funciona el plan, enumera la fecha en que el empleado cumple con los requisitos para participar en el plan y muestra cuándo se otorgan los beneficios. El resumen también explica cómo presentar una reclamación y cómo se pagan los beneficios. Además, los empleadores deben informar al personal sobre las primas y contribuciones que se espera que los empleados paguen como miembros del plan. Los administradores del plan también están obligados a dar a los empleados una copia de cualquier revisión hecha al plan durante su membresía.

Obligaciones fiduciarias

En el caso de los planes de inversión, como la jubilación, los empleadores tienen la obligación de administrar los fondos de una manera que beneficie a los empleados participantes y sus beneficiarios. Existe un plan de inversión patrocinado por el empleador para crear y pagar beneficios a los miembros, no para generar ganancias para el administrador del plan o sus asociados. Los empleadores que no cumplan con estas responsabilidades fiduciarias pueden ser demandados por restitución financiera.

Continuación del seguro

ERISA requiere que los empleadores que ofrecen cobertura de salud grupal permitan a los empleados cuyas horas se reducen o cuyos trabajos se terminan para continuar como miembros del plan por un período limitado. Los miembros elegibles de la familia también disfrutan de este beneficio de salud temporal cuando el empleado fallece. Además, los cónyuges son elegibles para la continuación del seguro de salud por un período determinado después de un divorcio del empleado cubierto. Estas disposiciones se enmarcan en la Ley de Reconciliación Presupuestaria Ómnibus Consolidada (COBRA), una enmienda al ERISA de 1974.

HIPAA

La Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro de Salud, otra enmienda a ERISA, requiere que los empleadores que administran planes de salud grupales lo hagan de manera no discriminatoria. Por lo tanto, los empleados con un problema médico actual o que tienen una condición preexistente son elegibles para la membresía en la política del grupo. Este derecho a la cobertura de salud se extiende a los familiares calificados. Según la enmienda, si un empleado deja su trabajo o alcanza el límite de beneficios bajo COBRA, puede ser elegible para comprar una póliza de seguro de salud individual independientemente de su estado de salud o el de sus dependientes.

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