¿Las retenciones para un plan de cafetería están sujetas a FICA?

Los planes de cafetería calificados, comúnmente llamados planes de la Sección 125, ofrecen a los empleados la oportunidad de seleccionar cuál de los programas que ofrecen los empleadores es más beneficioso para el empleado individual. Los empleados pueden optar por excluirse de un beneficio y recibir un pago en efectivo en su lugar, o pueden seleccionar el beneficio. Los pagos en efectivo están sujetos a impuestos, al igual que los salarios regulares. Si el empleado elige el beneficio en su lugar, puede elegir pagar sus contribuciones antes de calcular los impuestos de nómina. En este caso, la cantidad deducida normalmente no está sujeta a los impuestos FICA.

Beneficios elegibles para planes de cafetería

No todos los tipos de beneficios que ofrece un empleador pueden incluirse en un plan de cafetería. Por ejemplo, los teléfonos celulares, las membresías a gimnasios y los gastos de mudanza no son elegibles. Los beneficios comunes elegibles incluyen primas de seguro de salud, primas de seguro de vida grupal, contribuciones 401 (k), asistencia de adopción, cuidado de dependientes y cuentas de ahorro para la salud.

Limitaciones a las contribuciones

Los acuerdos de gastos flexibles, como el cuidado de dependientes, las cuentas de ahorro para la salud y algunos programas de asistencia para la adopción, requieren que los empleados gasten sus contribuciones durante el año calendario o las pierdan. A partir de la publicación, el límite para el cuidado de dependientes es normalmente de $ 5, 000 por año, o $ 2, 500 para los empleados casados ​​que presentan la declaración por separado. El exceso de contribuciones se trata como un salario regular a efectos fiscales. La asistencia de adopción no está exenta de FICA, pero está exenta del impuesto sobre la renta para el empleado y del impuesto federal de desempleo para el empleador. El límite de las pólizas de seguro de vida grupal es de $ 50, 000 para la exención de FICA a partir de la publicación.

Efecto sobre los impuestos a la renta

Los beneficios elegibles para su inclusión en un plan de cafetería son el tipo de deducción fiscal legítima cuando el empleado presenta su declaración. Dado que el empleado nunca ha pagado impuestos sobre las ganancias utilizadas para pagar estas deducciones, no puede reclamarlas como deducciones en su declaración de impuestos sobre la renta, ya que hacerlo daría lugar a reclamar efectivamente la misma deducción dos veces.

Efecto en los beneficios de la seguridad social

Los empleados no reciben créditos en sus declaraciones de ganancias del Seguro Social por deducciones exentas de FICA. La Administración del Seguro Social utiliza los ingresos para determinar cuánto puede recibir una persona en pagos de jubilación o incapacidad. Potencialmente, la exención de las contribuciones a los planes de cafetería de FICA puede reducir los pagos futuros de la Seguridad Social.

Desventajas de los planes de cafetería

Hay ciertos inconvenientes en los planes de la cafetería tanto para los empleados como para los empleadores. Los empleados deben comprometerse por un año entero, y puede ser difícil determinar a principios de año cuánto comprometerse con las cuentas de gastos flexibles para que todos los fondos puedan gastarse sin decomiso. Los cambios importantes en la vida, como el nacimiento de un hijo o el divorcio, sí permiten que los empleados ajusten sus planes de cafetería. Para los empleadores, el principal inconveniente es que un empleado debe tener acceso inmediato al compromiso de todo el año con una cuenta de gastos flexible, incluso si aún no ha aportado esa cantidad. En otras palabras, si un empleado decide aportar $ 1, 200 a su cuenta de gastos flexible e incurre en $ 1, 200 en gastos calificados durante el primer mes, es elegible para el reembolso completo, aunque haya contribuido solo $ 100 hasta ese momento.

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